1. La presencia en el centro de trabajo de los capital preventivos, cualquiera que sea la modalidad de ordenamiento de dichos posibles, será necesaria en los siguientes casos: El artículo 15 de la LPRL insta al patrón a aplicar las medidas que integran el deber de prevención con arreglo a https://socialnetworkadsinfo.com/story20516566/un-imparcial-vista-de-sistema-de-seguridad